Respecto al precio de las cosas no se atiende a la naturaleza de las mismas

Respecto al precio de las cosas no se atiende a la naturaleza de las mismas, cuando entre la cosa que se  vende y la que se compra no existe ninguna proporción, pues son de diversa especie, sino que se atiende a la estimación y convenio común de los hombres…Queda pues que el precio de la cosa ha de ser buscado en la común estimación de los hombres.

 Además el dinero varía según los diversos tiempos y lugar; lo que, sin embargo, no ocurriría si por naturaleza del dinero existiese un precio del mismo dinero, es decir, tanto valor.

 Se sigue de este principio que donde quiera se halla alguna cosa venal de modo que existen muchos compradores y vendedores de ella, no se debe tener en cuenta la naturaleza de la cosa, ni el precio al que fue comprada, es decir, lo caro que costó y con cuantos trabajos y peligros.

Francisco de Vitoria (1483-1546) Comentarios a la II-II de la Summa Theologica de Santo Tomás Questio 77, art. 1 Texto que proviene de Restituto Sierra Bravo, El pensamiento social y económico de la Escolástica, Madrid, 1975, pp. 603-605.